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¿Se puede jugar al golf en esta fase de movilidad restringida?

¿Dónde puedo jugar al golf en Madrid dependiendo del municipio en el que vivo?

¿Dónde puedo jugar al golf en Madrid dependiendo del municipio en el que vivo?

jueves 01 de octubre de 2020, 14:24h

Madrid capital y otros nueve municipios de la región cumplen los requisitos planteados por el Ministerio de Sanidad para que se les apliquen las nuevas normas que se establecen.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge la orden que hace que las restricciones de movilidad aprobadas por 13 de las Comunidades Autónomas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), que tuvo lugar este miércoles, sean efectivas.

Las medidas publicadas en la orden este jueves, notificada anoche a las CC.AA. que son las competentes para su ejecución, restringirán la movilidad en los municipios de más de 100.000 habitantes con más de 500 casos de Covid-19 en los últimos 14 días.

Asimismo, las localidades que deberán aplicar las medidas tendrán que presentar un porcentaje de positividad en los resultados de las pruebas diagnósticas de infección activa realizadas en las dos semanas previas superior al 10 por ciento. También, la Comunidad Autónoma a la que pertenezca deberá contar con una ocupación de camas por pacientes en UCI superior al 35 por ciento.

Dándose estas tres circunstancias, la movilidad quedará restringida salvo para asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales y asistencia a centros universitarios, docentes y educativos.

Moncloa ha insistido en que la obligatoriedad del acuerdo viene marcada por el informe de la Abogacía del Estado que establece que la norma aplicable en las votaciones del CISN es el artículo 151 de la Ley 40/2015 de régimen jurídico del sector público.

Por el momento, solo 10 municipios en toda España cumplen con las medidas acordadas por Sanidad, todos pertenecientes a la Comunidad de Madrid. Son los siguientes: Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Madrid capital, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz.

¿Puedo jugar al golf en la Comunidad de Madrid?

En principio si ya que es un deporte individual y sin contacto pero siempre que para jugarlo no tengamos que trasladarnos desde un municipio a otro.

Por ejemplo, si usted vive en Alcobendas y es socio del Club de Golf de La Moraleja podrá jugar en el campo 1. En el 3 y el 4 podrán jugar los que pertenezcan municipios no confinados ya que estos campos pertenecen al termino municipal de Aljete.

Un caso similar se produce si usted vive en Alcalá de Henares y su municipio ya que entonces podrá jugar en El Encín Golf Hotel ya que sus habitantes estarán confinados. En este caso no lo podrán hacer en El Robledal ya que este campo está en la localidad de Villabilla.

Lo mismo sucederá en Torrejón de Ardoz y su campo de golf de 18 hoyos al que sólo podrán acceder los empadronados en el municipio de Torrejón.

En cuanto a Madrid capital, los empadronados o residentes en Madrid podrán jugar en el Centro Nacional de Golf, Puerta de Hierro (Si son socios), Escuela de Golf de la FGM, Olivar de la Hinojosa y Club de Campo Villa de Madrid (Si son abonados), Somontes Green y en la Moraleja 2 (si son socios), mientras que no podrán jugar en la RSHECC (San Sebastián de los Reyes), Golf Park (Alcobendas), Retamares (Aljete), Race (San Sebastián de los Reyes), Lomas Bosque (Boadilla del Monte), Somosaguas (Pozuelo de Alarcón), Barberán (Getafe), Las Rejas (Majadahonda) Golf Negralejo (Rivas Vaciamadrid), Nueva Cartuja (Aljete) y El Estudiante (San Sebastián de los Reyes), Ciudad Deportiva Juan Antonio Samaranch (Colmenar Viejo), Las Encinas (Bohadilla del Monte), Golf Santander (Bohadilla del Monte), Campo de Tiro (Majadahonda), Nuevo Club de Golf de Madrid (Las Rozas) y El Robledal (Alcalá de Henares).

Reducciones de aforo y horario

Los velatorios solo podrán asistir un máximo de 15 personas en espacios abiertos y 10 en espacios cerrados. En el caso de los lugares de culto el aforo será de un tercio, con una distancia entre las personas de 1,5 metros como mínimo.

Los establecimientos comerciales deberán cerrar pasadas las diez de la noche y tampoco deben superar el 50% de aforo, al igual que en academias y centros privados de enseñanza no reglada.

La hostelería tiene hasta las once de la noche para cerrar e impedir el consumo en barra. En interior, solo se permite el 50% del aforo, y en exteriores un 60%. Por tanto, solo pueden estar seis personas como máximo por mesa.

Las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas y centros de formación establecerán el aforo máximo del cincuenta por ciento.

Y, en el caso de las instalaciones deportivas, el aforo máximo será del cincuenta por ciento en espacios interiores y del sesenta en exteriores y la práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas.

Restricciones de movilidad

Se restringirá la entrada y salida de personas de las zonas restringidas, pero con algunas excepciones como asistencia centros sanitarios, razones laborales o legales así como educativas, retorno al lugar de residencia habitual, asistencia o cuidado de mayores, entre otras muchas.

Sí se permitirá la circulación por carreteras y viales que transcurran o atraviesen estos municipios siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos. Las personas residentes podrán circular dentro de los municipios afectados, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes.

Reunión de máximo de seis personas

Tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas, se podrán reunir un número máximo de 6 personas no convivientes.

VEA LA ORDEN MINISTERIAL

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